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LOS DÍAS QUE SE SEÑALAN COMO INHÁBILES PARA LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA 2018.
ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALAN COMO INHÁBILES PARA LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA LOS DÍAS DE 2018 QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN Y SUS EFECTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE ASUNTOS ANTE LA MISMA.Primero.- Para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse ante las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, incluyendo sus delegaciones y subdelegaciones federales y su órgano administrativo desconcentrado, Instituto Nacional del Emprendedor, adicionalmente a los días previstos en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se considerarán como inhábiles en el año 2018 y, por consiguiente no correrán términos, los siguientes:I. El 5 de febrero;II. El 19 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo);III. El 29 y 30 de marzo;IV. El 2 de noviembre, yV. El 19 de noviembre.Segundo.- En la atención de las solicitudes de acceso a la información por parte de la Unidad de Transparencia, los días que serán considerados como inhábiles corresponderán a aquellos que dé a conocer el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a través de su calendario de días inhábiles.Tercero.- Los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional de 2018, se darán a conocer en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y tomando como base el periodo vacacional que determine la Secretaría de Educación Pública para el ciclo lectivo 2018-2019.TRANSITORIOÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.Ciudad de México, a 19 de enero de 2018.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.