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Secretaría de Economía – Oficio No. 414.2021.372
La Secretaría de Economía dio a conocer el pasado 26 de enero el oficio No. 414.2021.372 el cual establece que los programas de fomento IMMEX, ALTEX y ECEX, podrán exentar el cumplimiento de la obligación dentro del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior, la cual menciona los montos de exportación mínimos requeridos en la normativa aplicable respecto al ejercicio 2020, sin embargo, es importante destacar que SI deberán de cumplir con la obligación de presentar dicho reporte, en las fechas establecidas.
Esto quiere decir que no será obligatorio cumplir con los siguientes valores mínimos de exportación dentro del reporte anual para su respectivo programa; esto como apoyo a la industria por la situación del Covid-19:
- IMMEX: Ventas mínimas al exterior con valor superior a 500,000 dólares o al menos 10% de su facturación total sea por exportación.
- ALTEX: Exportaciones con valor mínimo de dos millones de dólares o haber exportado al menos 40% de sus ventas totales.
- ECEX: Exportaciones con valor mínimo de 250,000 dólares o 300,000 mil dólares, dependiendo del tipo de ECEX.
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